lunes, 25 de marzo de 2019

Seminario: Gobierno y Administración: cuestiones comunes a Administración Local y Justicia.


SEMINARIO: GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN: CUESTIONES COMUNES A ADMINISTRACIÓN LOCAL Y JUSTICIA.
ORGANIZA: Plataforma Cívica por la Independencia Judicial (PCIJ) y Colegio Oficoal de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital Valencia).
FECHA: Treinta de marzo de 2019 (30/03/2019)
LUGAR: Casa de la Cultura de Xàtiva (València), C/ Moncada, 9.
HORA: 10:00 horas



La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial (PCIJ), consciente de la importancia que tiene la independencia, no solo en el actuar de los miembros del Poder Judicial, y dadas las voces que, desde otros ámbitos de la Administración, claman en pro de la necesidad de poder desempeñar unas funciones públicas con ajenidad de influencias no deseables, entendemos oportuno centrar nuestra mirada en la Administración Local, que históricamente ha sido un trofeo codiciado por el poder gubernativo.
Dicho esto, consideramos conveniente abrirnos paso y adentrarnos en los recovecos del sistema, para ver en qué puntos la actuación política tiene la puerta abierta para ejercer una influencia perniciosa en el curso de la actuación administrativa, y en qué medida existen o podemos plantear la existencia de garantías.






Programa
-10:00h. Apertura del acto por el Alcalde del Ayuntamiento de Xàtiva.
-10:30h. La importancia de las funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en la sujeción del Gobierno y la Administración al ministerio de la Ley.
César Herrero Pombo, Secretario General del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna.
-11:00h. Debilidades del sistema para un ejercicio verdaderamente independiente de las funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Eduardo Balaguer Pallás, Vicesecretario General del Ayuntamiento de Xàtiva (Valencia).
-11:30-12:00h Descanso.
-12:00h. La Carrera Horizontal como elemento vertebrador de una Administración eficiente.
Davit Benavent Cuquerella, Director Adjunto del Área de Fomento del Ayuntamiento de Xàtiva.
-12:30h. Nombramiento de altos cargos judiciales como perversión de la consecución de la Independencia Judicial. Discrecionalidad versus Arbitrariedad.
Jesús Manuel Villegas Fernández, Magistrado Titular del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Guadalajara. Decano de los Jueces de Guadalajara.
13:00-14:00h. Mesa redonda. Funcionarios de la Administración Local y de Justicia, Alcalde y 2ª Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Xàtiva.

-Se ruega confirmar asistencia al correo pcindjud@gmail.com indicando nombre, apellidos y DNI, a fin de la emisión del correpsondiente certificado de asistencia.
-Comida: tendrá lugar en el Restaurante El Túnel de Xàtiva, previa confirmación (pcindjud@gmail.com).
-A las 16:00 horas tendrá lugar una visita turística guiada al Castillo de Xàtiva y a lugares más significativos del Casco Antiguo de la ciudad, patrocinada por el Ayuntamiento de Xàtiva.

 Organiza:




 

Colabora:




miércoles, 8 de enero de 2014

DENUNCIA PRESENTADA ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS POR LA PLATAFORMA CÍVICA POR LA INDEPENDENCIA JUDICIAL RELATIVA A LA POLITIZACIÓN DE LA JUSTICIA ESPAÑOLA


El respeto a los derechos humanos en cualquier sociedad democrática exige la existencia de una Justicia independiente de injerencias políticas. En España, sin embargo, los recientes ataques a la separación de poderes están poniendo en peligro el Estado de Derecho. Tan grave es la situación que se hace urgente poner los hechos en conocimiento de Naciones Unidas, a fin de que se adopten las medidas necesarias para restablecer las mínimas garantías en materia jurisdiccional.

Con tal propósito la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial (PCIJ) ha interpuesto una denuncia a la relatora especial de la ONU, doña Gabriel Knaul, cuyas líneas esenciales se sintetizan en este documento distribuido a la opinión pública. Dicha Plataforma es una organización sin ánimo de lucro que agrupa a jueces, fiscales, abogados, secretarios judiciales, profesores universitarios, notarios, y numerosos ciudadanos de todas las profesiones preocupados por el progresivo deterioro de la Justicia española.

La PCIJ ha informado a Naciones Unidas de la desconfianza ciudadana ante la corrupción que afecta a la clase política, muchos de cuyos miembros están incursos en procedimientos judiciales para reclamarles responsabilidades de naturaleza penal. En este contexto el poder político ha reaccionado aumentando los mecanismos de control sobre los tribunales con medidas como las siguientes:

La reciente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (2013), en cuya virtud el órgano de gobierno de los jueces se designa en su totalidad por los grupos parlamentarios. Los miembros de este órgano (Consejo General del Poder Judicial-CGPJ) provienen del acuerdo entre los partidos políticos mayoritarios, sin que su procedimiento de selección haya contado con las mínimas garantías de objetividad. Los jueces, en cambio, ya desde el año 1985 han sido privados del derecho a votar a ningún representante propio en dicho consejo. La actual reforma se hace incumpliendo el programa electoral, pues el partido gobernante había prometido retornar a un sistema en que los miembros del Poder Judicial recobraran el sufragio activo. La actual regulación contraviene los informes del relator de NNUU del año 2009 y del Comité Consultivo de Jueces del Consejo de Europa.

El referido Consejo está llamado, en teoría, a proteger a los jueces de las injerencias del poder político y, de este modo, garantizar a los ciudadanos su derecho constitucional a una justicia independiente. Pese a ello, su composición depende de los mismos partidos políticos frente a los que debería ser garante. También le están encomendadas, entre otras atribuciones, el nombramiento de altos cargos judiciales, la exigencia de responsabilidad disciplinaria a los integrantes de la judicatura, así como la promoción y ascensos judiciales. El resultado es que estas materias, directa o indirectamente, corren el riesgo de ser mediatizadas por el poder político. Es más, no existen reglas que permitan asegurar suficientemente la provisión de dichos puestos con arreglo a los criterios de mérito y capacidad, con lo que siempre permanece la sospecha de que la razón última sea la afinidad ideológica o partidista. Este peligro se ve agravado por la ausencia de procedimientos objetivos para la prórroga de las comisiones de servicio e incluso por la utilización de jueces en prácticas para ejercer la jurisdicción cuando todavía están siendo evaluados por la Escuela Judicial y pendientes
de la emisión de informe por sus respectivos Tribunales Superiores de Justicia.

Por otro lado, y en lo que respecta a la responsabilidad personal, los jueces se hallan en una situación de inseguridad que los convierte en especialmente vulnerables frente a las injerencias de toda índole, especialmente en casos de corrupción que afecten al poder político. Así, están sometidos los magistrados españoles a un severo régimen de responsabilidad, al castigarse criminalmente la prevaricación culposa, es decir, los errores no maliciosos en la aplicación de la Ley. Además, deben responder del correcto funcionamiento de una oficina judicial sobre la que carecen de facultades directivas u organizativas. En esta misma línea, es ese mismo poder político el encargado de suministrar de recursos económicos a los tribunales, por lo que la penuria de medios es susceptible de derivar en impunidad. La sobrecarga de trabajo de los jueces españoles es abrumadora, al estar su número muy por debajo de la media europea. Todo ello se ve agravado por la falta de mecanismos de protección adecuados para desempeñar sin perturbaciones su labor, pues que es el mismo CGPJ el encargado de prestarles amparo ante los ataques externos merced a un procedimiento tan ineficaz que, en la práctica, ha caído casi en desuso. Por último, muchos jueces españoles sufren el acoso verbal y hasta físico de individuos o colectivos que pretenden influir en sus decisiones, sin que se haya articulado un plan de protección para preservar un mínimo de tranquilidad anímica o incluso de seguridad personal en la tantas veces arriesgada tarea de impartir justicia.

Ante semejantes deficiencias estructurales se advierte en el poder político una reacción defensiva que, lejos de corregirlas, multiplica los instrumentos de control sobre la Administración de Justicia. Muestra de ello es el anteproyecto de ley de Planta Judicial, en la cual se prevé imponer a los órganos jurisdiccionales la figura de un llamado “Presidente del Tribunal de Instancia” dotado de facultades directivas sobre los actuales juzgados y nombrado por ese mismo Consejo cuyos miembros fueron previamente escogidos por el poder político; es más, suprime los jueces decanos, portavoces democráticos votados libremente dentro de su respectivo territorio judicial, con lo que se priva a la judicatura española de su más directo cauce de representación. Del mismo modo, el CGPJ y la Fiscalía firmaron recientemente un convenio para coordinarse en la inspección de los tribunales, con lo que se abren nuevas vías de intromisión sobre la actividad jurisdiccional. En España los fiscales no son independientes, sino que dependen jerárquicamente de una jefatura designada por el Poder Ejecutivo. También existen borradores normativos para atribuir la investigación criminal al Ministerio Fiscal, con lo que la averiguación del delito, a la postre, quedaría influida por una clase política a menudo inmiscuida en asuntos de corrupción. A través de un circuito más o menos explícito, investigador e investigado quedarían conectados mediante el poder político.

Todas estas circunstancias (que se amplían y detallan en la presente denuncia) amenazan el respeto a los derechos humanos en el Reino de España, al verse comprometida la garantía de sus ciudadanos a contar con tribunales de justicia independientes del poder político. En consecuencia, comprobado el fracaso de los mecanismos de control internos, se hace inaplazable la intervención de una autoridad internacional.

Madrid, cinco de enero del año 2014.

sábado, 4 de enero de 2014

Qué piden los jueces al nuevo Consejo General del Poder Judicial

Al nuevo Consejo se le pide torne su punto de mira, en vez de atender con servilismo a la mano que los ha impulsado hasta el lugar que ocupan, se ajusten bien las alpargatas que van a usar en el desempeño de su labor y se fijen bien en que la vocación de servicio es la que debe guiar su caminar. La Norma de normas les encarga el cometido de velar para que la labor jurisdiccional resulte real y efectiva, sin distracciones de sus gobernados ni desigualdades en el trato a los mismos. La única dependencia posible debe ser a la tarea de guardar fielmente y con mimo el actuar de Jueces y Magistrados, evitando cualquier injerencia que pueda perturbar la sumisión de los mismos al ordenamiento jurídico y que puedan fluctuar hacia perversiones que vapuleen la ya de por sí depreciada hermana pobre de los Poderes del Estado, como es la Justicia.

Si tenemos en cuenta el acervo comunitario, que recoge de modo expreso la independencia de los Consejos de Justicia (denominación genérica usada para referirse a los órganos de gobierno de los jueces), así como que más de la mitad de sus miembros sean nombrados por los jueces entre ellos mismos, se exige que, aunque resulte una perogrullada, debe ser cumplida la normativa europea que nos vincula como Estado Miembro de la UE y a la que nos debemos. Por todo ello, resulta necesario para la supervivencia de la Justicia como uno de los miembros u órganos vitales del Estado de Derecho que, lejos de ser controlados por personas nombradas de forma espúrea y totalmente interesada por el Poder Ejecutivo, bajo el filtro del Legislativo conforme a directrices torticeras bajo eufemismos clamorosos como los contenidos la Exposición de Motivos de la L.O. 4/2013, que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial (L.O 6/1985, de 1 de julio) que asegura dotar de mayor independencia y garantías a la actividad del Consejo General del Poder Judicial, cuando realmente retuerce de forma fatídica dichos nombramientos, sometiéndolos al devenir de los vientos de las mayorías parlamentarios del momento, al tiempo que, entre otras perversiones, avoca muchas de sus funciones a favor del Ministerio de Justicia, volviendo a tiempos más propios del medievo o de las monarquías absolutistas.

Se espera que el Consejo aporte al trabajo de quienes imparten justicia tranquilidad, serenidad, seguridad. Se trata de que el juez pueda desarrollar su cometido con arreglo a sus principios, que nadie, ni desde dentro de la Justicia ni desde otros ámbitos pueda interponerse entre el magistrado y su tan delicado como importante papel. Sin otras presiones más que el cumplimiento fiel de la ley, no cabe duda de que el justiciable obtendrá mayores cotas de seguridad jurídica y, no sólo la imagen que la ciudadanía tiene de la justicia se tornará más amable y fiable, sino que la sociedad en su conjunto avanzará de mejor manera si cuenta con una justicia real y efectivamente independiente, que aplica el ordenamiento vigente a los todos los individuos por igual y que mira y protege a la población sin hacer distingos.

No se trata de seguir con los tópicos, sino de ponerse firme de una vez; así como el Poder Ejecutivo y el Legislativo cuentan con sus propios mecanismos de defensa y, sobre todo, de barreras que impiden en muchos casos la exigencia de responsabilidad de sus propios miembros para irritación del pueblo, que se otorgue la legitimidad prevista en nuestro texto constitucional al CGPJ y que dicho órgano desempeñe de modo efectivo la protección y amparo de los jueces y magistrados a quienes se debe; que, por fin, deje de ser azote de quienes se limitan a cumplir con su cometido y que desempeñe la mejor de las protecciones dentro de los márgenes constitucionales y legales a sus gobernados, tal y como, insistimos, previó el constituyente, y que el resto de poderes ha ido deformando (véase la Exposición de Motivos de la L.O. 6/1985 ya mentada, L.O. 2/2001, y especialmente la última L.O. 4/2013); y a los que el Tribunal constitucional no ha tenido el menor empacho en enmendarles la plana ratificando con tibias y temblorosas críticas, dando pie a que sean políticos con piel de juristas quienes se encarguen de llevar a cabo funciones que de ningún modo desempeñan, con los juzgadores y el Poder que desempeñan en mente, sino más bien en términos de cuotas de poder, de réditos políticos y prebendas parlamentarias. Oídos sordos es lo que hallan los jueces cuando hacen crítica hacia este sistema, cada vez más perverso, el cual no les lleva sino a una dominación aberrante que impide, en muchas ocasiones, actuar más que como lo haría un asno de las que muelen trigo en las eras, con los ojos casi ocultos por completo y con el camino marcado de antemano.

La ciudadanía puede que tenga una formación mayor o menor, pero desde luego no es ignorante. Defenderse de las críticas que granjea tanto ataque al sistema judicial aduciendo que los jueces y magistrados se quejan debido a que han perdido capacidad económica es un absurdo supino, pues si éstos carecieran de una vocación férrea y duradera, difícilmente se comprende que lleven a cabo una labor de tantísima responsabilidad con la entereza y profesionalidad que en tan alto grado desempeñan. Desde las cocinas de la Judicatura se observa bien a las claras que si no hubiera tanto juez que trabaja tan duro y con tal ahínco, si no fuera así, el sistema no lo habría podido resistir.


Todo ello, sin mencionar el cada vez mayor número de nombramientos discrecionales a cargo del Consejo que adulteran de forma bochornosa el escalafón de la Carrera Judicial. El juez de a pie observa con tristeza el hecho de que, si quiere progresar en su carrera, debe entrar en un batiburrillo que poco o nada tiene que ver en sentido estricto con su trabajo, sino que tiene que hacer uso del amiguismo, tan de moda pero de tan poca altura moral.


Davit Benavent Cuquerella

Charla sobre los Derechos Humanos

CHARLA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS A LA FPA BENIASSENT

¿CHARLA O DEBATE?
Por Dani Coloma – GES2 Cocentaina
El día 28 de Enero de 2013 hubo una charla sobre los Derechos Humanos en el centro educativo FPA Beniassent  (Cocentaina). La charla fue dirigida  por Davit Benavent Cuquerella, de Benigànim, licenciado en derecho y  juez.
Xerrada drets humans [800x600]
La charla  trató sobre los antecedentes de la DUDH (Declaración Universal de los Derechos Humanos), la ONU, la evolución y el hundimiento  de los derechos humanos y algunas cosas  más que fueron bastante interesantes.
David Benavent explicó  cómo se habían ido actualizando los derechos  humanos, perola charla se convirtió en debate, porque en cada apartado las  personas que escuchaban decían lo que pensaban.
Xerrada drets humans (4) [800x600]
En realidad, esta actividad es muy positiva para que  las personas se conciencien de la gravedad  del asunto y sepan lo que está ocurriendo  en el mundo y también cómo ha evolucionado  este tema.
Xerrada drets humans (3) [800x600]
Esperemos que nos ofrezcan más charlas de este  tipo, porque en realidad valen la pena y nos hacen falta.

viernes, 13 de diciembre de 2013

Davit Benavent (juez sustituto): “La Justicia en España es la hermana pobre de los poderes del Estado”


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jueves, 12 de diciembre de 2013
Afirma que en España se legisla de espaldas a la ciudadanía, que es en la que debería revertir el beneficio de la aplicación de las leyes
ImageSB-Noticias.- Davit Benavent, juez sustituto y miembro de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, recuerda que en un Estado democrático y de derecho el papel de la Justicia es esencial y afirmó en este sentido que cada día que pasa está más convencido de que la Justicia en España es la hermana pobre de los poderes del Estado, entre otras cosas porque es la que menos ganas de avanzar ha suscitado entre los poderes públicos.
Personalmente, reconoce que le choca mucho que poco o nada se consulte a los jueces sobre la reforma de las leyes, abogados y profesionales del mundo de la Justicia, que son quienes en definitiva la conocen, tras lo que afirma en base a lo dicho que en España se legisla de espaldas a la ciudadanía, que es en donde debería revertir el beneficio de la aplicación de las leyes.

Recuerda que el artículo uno de la Constitución propugna la Justicia como uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico, con el famoso discurso de que todos somos iguales ante la Ley que está recogido en el articulo catorce de la Constitución, pero que se queda en el papel porque en la realidad nos damos cuenta de que no es así.

Hizo hincapié en la cuestión de la renovación del Consejo General del Poder Judicial, concretamente en la elección de vocales, porque lo cierto es que se trata de un tema muy importante, pero sin embargo a la mayoría de ciudadanos le suena a un asunto sin relevancia, porque debemos tener en cuenta que se trata del órgano de gobierno de jueces y magistrados.

Al respecto, Benavent explica que la Constitución dice claramente que la jurisdicción se ejecuta por parte de los jueces, desde la independencia y sometidos única y exclusivamente al imperio de la Ley, lo que ocurre es que los jueces al fin y al cabo son personas que tienen su puesto de trabajo, que piensan, razonan y sufren como cualquier otro ciudadano. Añade que el CGPJ, entre otras funciones, tiene la capacidad disciplinaria de estos mismos jueces, lo que se traduce, además de la imposición de las políticas del miedo, en que pueda actuarse con cierto temor a perder lo que se tiene.

Recuerda igualmente que los jueces tienen un férreo listado de incompatibilidades y dentro de su estatuto tienen prohibido totalmente hacer crítica pública sobre poderes públicos, lo que significa que los jueces no puedan hacer casi nada, cuando los poderes públicos pueden hacer casi cualquier cosa.

David Benavent insiste en que cuando se creó la constitución, la carta magna ya propugnaba que el CGPJ fuera un órgano lo más independiente posible y cuyos miembros (20, más el presidente del Tribunal Supremo) fueran elegidos entra la terna de jueces, previendo un reparto de nombramientos de vocales entre jueces por los mismos jueces para que les representasen y gobernaran, algo que ha seguido una involución a lo largo de los años, hasta el punto de que ese espíritu constituyente ha desaparecido porque desde los años ochenta son las cámaras (congreso y senado) las que elijen a los representantes de los jueces.

“Quien hizo la Ley, previó la trampa” llamó la atención el experto, porque si bien en la reforma de la Ley se establecía que los jueces proponían a sus representantes, que se ratificaban en las cámaras, lo cierto es que son los partidos quienes colocan en el Poder Judicial a los jueces que estiman oportuno, algo que personalmente considera una desfachatez.

El colofón a la involución llega cuando el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, dijo nada más tomar posesión de su cartera que se iba a revertir la situación para volver al sistema anterior, para que fueran los jueces quienes eligieran a sus representantes, sin embargo lo que ha hecho su Ministerio es dar unas pinceladas en materia de seguridad jurídica y arrogarse cuestiones importantes que dependían del CGPJ, como en la época del franquismo o como en la Edad Media cuando eran los reyes los que directamente dictaban justicia.

De este modo, Benavent asegura que la gran aberración del sistema actual consiste en que el gobierno, con la mayoría tan abrumadora que tiene, no solo no trabaja en la independencia del sistema judicial como prometió Gallardón, sino que hace todo lo contrario porque la reforma que impone ni es justa, ni es equitativa, ni sigue el espíritu del constituyente, por lo que acusa al gobierno de engañar a la ciudadanía y de practicar una estafa democrática. 

http://www.sanborondon.info/content/view/57839/1

INTERVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN LA JUSTICIA ESPAÑOLA

INTERVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN LA JUSTICIA ESPAÑOLA

Dichos principios internacionales aconsejan la creación de un órgano independiente de los otros Poderes del Estado (Legislativo y Ejecutivo) encargado de velar por la independencia judicial en todos sus ámbitos (el nombramiento de los jueces y el régimen disciplinario, fundamentalmente), de modo que los jueces no se puedan ver sometidos, en su toma de decisiones, a influencias externas. Dicho órgano ha de estar formado, principalmente, por jueces y elegidos por sus pares. Las normas internacionales avisan de los riesgos de que sean elegidos por los políticos, los gobiernos e incluso por el Poder Legislativo porque entraña el riesgo de que el procedimiento se politice.

El Poder Judicial es un contrapeso para que las leyes y los actos de los gobiernos respeten los derechos humanos.

Ninguno de estos principios ha sido cumplido en este proceso:
Se ha prescindido abiertamente de la participación de los jueces, en elecciones directas, contrariando no sólo ya el espíritu y finalidad de la C.E., sino también las nomas internacionales.
Todos los elegidos lo han sido por los Partidos Políticos, especialmente, los dos mayoritarios, a través del Parlamento, con las mayorías de que disponen.  

Además, los elegidos son, en su inmensa mayoría, personas con vínculos directos o indirectos con los partidos políticos y con los otros Poderes del Estado (Legislativo y Ejecutivo), algunos incluso son miembros del Poder legislativo, uno no reniega siquiera de su militancia política,  y otros son funcionarios jerárquicamente dependientes del Poder Ejecutivo.

Ello va a originar que los jueces puedan verse inmersos en indebidos e innecesarios conflictos de intereses, por cuanto, además, quince de los elegidos van a compatibilizar su cargo de vocal con su propia profesión y puesto de trabajo, algunos de ellos, en los propios Juzgados. Los gobernantes van a poder ser, a su vez, gobernados.

Se desconocen sus méritos para ser considerados juristas de reconocido prestigio, como establece la Constitución Española.

Y, finalmente, el proceso ha culminado con la elección de su presidente, previamente seleccionado por los mismos Partidos Políticos, cuyo nombre ya había sido anunciado por los medios de comunicación.
Precisamente, la creación de un órgano independiente pretende que la selección, la formación, el régimen disciplinario y las demás competencias judiciales no sean llevadas a cabo por los demás Poderes del Estado. Si son estos los que eligen a los miembros del órgano independiente, nada se habrá avanzado.  Es un mero disfraz.

Se da además la circunstancia de que dicho Presidente parece ser persona de confianza del actual Partido Gobernante. Este mismo gobierno lo había designado para la elaboración de la propia reforma del Poder Judicial, en la que él mismo ha sido nombrado Presidente.

Así mismo, ha ocupado cargos de directa confianza del Ministro de Justicia, del mismo Partido Político que gobierna en la actualidad, como Director de Relaciones con la Administración de Justicia y Director de Objeción de Conciencia, órganos ambos dependientes del Ministerio de Justicia. Una de sus últimas decisiones, desde su cargo judicial en el Tribunal Supremo, ha sido la ponencia del conocido caso del indulto a un Kamikaze en sentido favorable al mantenimiento del indulto concedido por el gobierno.
No debemos olvidar que la independencia judicial no es un derecho o prerrogativa de los jueces, sino una garantía para que todas las personas tengan un juicio justo por un Tribunal Independiente, libre y ajeno a las influencias externas e internas, únicamente, sometido a la legalidad.  

Mal puede conseguirse esta independencia si los jueces y magistrados, en sus propias estructuras internas, pueden sentirse inquietados, perturbados o influenciados en su labor por la actuación de sus propios gobernantes, quienes son los que pueden elegirlos para otros cargos, sancionarlos, premiarlos o castigarlos, de muy diversas y sutiles maneras.   

Esta en juego la credibilidad del sistema.

miércoles, 4 de diciembre de 2013

Sobre la Independencia Judicial y la politización de la elección de Vocales del CGPJ

COMUNICADO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE JUECES


En atención a los acontecimientos ocurridos en las últimas fechas, procedemos a remitir a la carrera judicial el presente comunicado, constatando lo siguiente :

1 El pasado 3 de Diciembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el nombre de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial.

2 Recordamos que la Ley 4/2013 configura una designación exclusivamente política de los vocales del CGPJ, y parte del incumplimiento de la promesa electoral efectuada en su día, de la conculcación en definitiva del pacto de legislatura con la ciudadanía, en relación a la elección por y entre los jueces de los miembros del órgano de gobierno de la judicatura.

3 Resaltamos nuevamente que en atención a la designación política y a los exiguos avales obtenidos por cada candidato en comparación con los resultados proclamados en el “Proceso de Elecciones Alternativas en la Carrera Judicial” el pasado 26 de Octubre de 2013; Los actuales vocales del Consejo General del Poder Judicial carecen de cualquier tipo de representatividad ante la carrera judicial. No han sido elegido por nosotros, por tanto no pueden hablar en nuestro nombre.

4 Expresamente se les invitó a que legitimasen su candidatura ante la carrera judicial, en el proceso de elecciones alternativas. Ninguna respuesta se obtuvo al respecto.

5 Constatamos así mismo que la designación de vocales del Consejo General del Poder Judicial ha atendido a un mero intercambio de cuotas partidistas, sin que se conozcan los motivos de exclusión de otros candidatos (postergando curiosamente a la candidata que más avales obtuvo en el proceso oficialista). Ningún dato se ha hecho público, ningún motivo ni razonamiento se ha expuesto ante la ciudadanía ni ante la carrera judicial.

6Se han soslayado las garantías y salvaguardas establecidas por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 108/1986 en relación al sistema de elección parlamentaria de los vocales del CGPJ.

7 Los anteriores hechos menoscaban de manera clara la Independencia del Poder Judicial, al exacerbar la politización del órgano de gobierno de la Judicatura, deteriorando la plena separación de poderes. No resultando casuales en un clima en el que proliferan casos de corrupción política. Así se ha expuesto incluso por algunas asociaciones judiciales.

8 Siendo el Consejo General del Poder Judicial, el órgano de gobierno de la judicatura y encargado de velar por la Independencia Judicial, resulta esencial que el mismo actúe con plena autonomía en el ejercicio de sus funciones y competencias, ajeno a cualquier tipo de influencia política. Entre dichas competencias adquieren particular relevancia el nombramiento de cargos judiciales y el ejercicio de la potestad disciplinaria. En juego está la supervivencia del Estado de Derecho.

9 En el día de ayer tuvo lugar el acto de juramento y toma de posesión de los nuevos vocales del Consejo General del Poder Judicial.

10 Con anterioridad a la designación “oficial” de los vocales del Consejo General del Poder Judicial tuvimos conocimiento a través de los medios de comunicación, que el Partido Popular y el Partido Socialista habían pactado el nombramiento como Presidente del Tribunal Supremo de Don Carlos Lesmes.

11 Recordamos que en virtud del artículo 123.2 de la Constitución así como conforme al artículo 586 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la elección del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, corresponde en exclusividad a los vocales del Consejo General del Poder Judicial. Sin que pueda deducirse atisbo alguno de influencia, injerencia o propuesta política al respecto.

12 En el día de ayer y tras el primer pleno del Consejo General del Poder Judicial, hemos tenido conocimiento de que “los vocales del CGPJ han propuesto” como candidatos a presidir el Tribunal Supremo a Don Carlos Lesmes y a Doña Pilar Teso Gamella, ambos Magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.

13 No dudamos de la cualificación ni del prestigio profesional de ambos candidatos, pero sí resulta sorprendente que pudiendo cada vocal proponer un candidato a presidir el Tribunal Supremo conforme al artículo 586.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tan sólo hayan sido propuestos dos Magistrados de nuestro Alto Tribunal, entre ellos curiosamente el Magistrado que incluso antes del “nombramiento oficial” de vocales del CGPJ, era anunciado en prensa y se filtraba por el poder político que sería el nuevo Presidente del Tribunal Supremo.

14 En atención a la excelente cualificación y trayectoria profesional de todos y cada uno de los Magistrados del Tribunal Supremo, resulta cuanto menos sorprendente que ningún otro Magistrado haya sido propuesto para ser elegido Presidente del Tribunal Supremo. Mucho menos creíble resulta que sólo dos Magistrados del Tribunal Supremo quieran postularse o estimen estar capacitados para ser elegidos Presidentes de nuestro Alto Tribunal.

15 Las anteriores consideraciones, teniendo en cuenta el sistema de elección de los nuevos vocales del Consejo General del Poder Judicial, suponen una evidente alarma y siembran dudas sobre la autonomía de los vocales del Consejo General del Poder Judicial a la hora de proceder al nombramiento de cargos judiciales.

16 Estimamos que no por repetidos, ni por previsibles determinados hechos adquieren menos gravedad ni merecen un menor reproche.

17 Si la designación del Presidente del Tribunal Supremo obedeciese a instrucciones o injerencias políticas, estaríamos asistiendo al incumplimiento del mandato constitucional establecido en el artículo 123.2 de nuestra Norma Fundamental.

18 Ante las alarmantes noticias que aparecen en prensa (adjuntas en los enlaces expuestos al final de éste comunicado) y ante el riesgo que supone para la Independencia del Poder Judicial y para la autonomía de nuestro órgano de gobierno, solicitamos expresamente a los vocales del Consejo General del Poder Judicial que expongan ante la carrera judicial las razones por las que sólo han sido propuestos dos candidatos a Presidente y expliciten si no había ningún otro miembro del Alto Tribunal que estuviese dispuesto a postularse para el cargo de Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, así como en su caso desmientan o confirmen las informaciones publicadas en prensa.

19 Confíamos en que así obraran y esperaremos pacientemente las motivaciones y razonamientos que conforme a la transparencia necesaria y a su firme convicción en defensa de la Independencia del Poder Judicial, los nuevos vocales del CGPJ sabrán dar a la Judicatura. Razones de dignidad del Poder Judicial y coherencia obligan a ello.

En Madrid a 5 de Diciembre del año 2013.


Los Coordinadores de la Asamblea Nacional de Jueces.

Don Jesús Manuel Villegas Fernández.
Don Manuel Ruiz de Lara.


Enlaces de prensa en relación a la elección Presidente del TS





http://noticias.lainformacion.com/policia-y-justicia/juez/lesmes-y-pilar-teso-propuestos-por-los-nuevos-vocales-del-cgpj-para-la-presidencia-de-este-organo_cIrPoVFimykMXSrVEJ3M83/